Energía limpia y eficiente. Únete a la revolución solar en Canarias con nuestras placas solares

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BENEFICIOS DEL AUTOCONSUMO DE ENERGÍA RENOVABLE

Pasarse a la energía verde producida localmente por las placas fotovoltaicas te permitirá ahorrar en tu factura de la luz y reducir tu huella de carbono de manera económicamente atractiva.

AHORRO

La energía de las placas que autoconsumas se descontará directamente de tu factura eléctrica. Esto se traducirá en ahorros para tu bolsillo.

SOSTENIBLE

Las placas generan energía verde que autoconsumirás, sustituyendo la energía de la red eléctrica y evitando así la emisión de CO2. Además contribuirás a la transición energética de Tenerife.

INDEPENDENCIA

Como parte de tu energía vendrá del autoconsumo de las placas, obtendrás una mayor independencia de los precios de la energía de la red eléctrica. Esto te aportará una mayor estabilidad económica.

TESTIMONIOS

Descubre lo que cuentan nuestros clientes sobre sus opiniones y experiencias con nosotros.

NUESTROS CASOS DE ÉXITO
CON LA ENERGÍA SOLAR (FOTOVOLTAICA)

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PREGUNTAS FRECUENTES

Respondemos a las preguntas más frecuentes que se plantean nuestros clientes, para ayudarte a aclarar tus dudas.

Para ser considerado autoconsumo colectivo, la energía generada por la planta fotovoltaica debe ser suministrada al menos a dos contadores de consumo eléctrico. Por ejemplo, la instalación fotovoltaica puede abastecer a los contadores de las zonas comunes y de algunos o todos los vecinos en una Comunidad de Propietarios. Puedes participar en un esquema de autoconsumo colectivo con los vecinos de tu zona en un rango de hasta 2 kilómetros.

Esto se define a través de un acuerdo de reparto de energía que debe ser firmado por todos los participantes. En este acuerdo, se recogen los números de contadores de generación fotovoltaica, así como una lista de todos los participantes en el autoconsumo colectivo (nombre y DNI, NIE o CIF), sus números CUPS y su correspondiente coeficiente de reparto. El número CUPS identifica el contador de consumo eléctrico y se puede encontrar en cualquier factura eléctrica. El coeficiente de reparto (en %) indica qué porcentaje de la generación de energía se suministra a ese CUPS, es decir, cuánto de la producción de los paneles solares se asigna al consumo de ese participante. Este acuerdo de reparto puede ser modificado en el futuro para cambiar los participantes o sus coeficientes de reparto.

Solectivo se encargará de todo el proceso. Te ofreceremos una oferta técnica fotovoltaica a medida que será la que mejor se adapte a tus condiciones e intereses específicos, sin ningún compromiso. Si firmas nuestro contrato de asesor energético, solicitaremos en tu nombre las mejores subvenciones disponibles.

  • En el caso de instalaciones comunitarias para Comunidades de Propietarios, tendrán que aprobar la instalación fotovoltaica en junta – con un mínimo de 1/3 o 3/5 de los votos (dependiendo de la modalidad de financiación elegida que determina, a su vez, la propiedad de la instalación durante al menos los 5 primeros años). También se puede delegar fácilmente el voto. A continuación, cada propietario tendrá que decidir si quiere energía verde para su propia vivienda y, y si es el caso, cuántos paneles (virtuales) desea. Después, informará al administrador de su Comunidad, que recopilará la lista de CUPS participantes y el correspondiente número deseado de paneles o la factura y nos la entregará para que nos encarguemos del proceso administrativo. Si se solicita una subvención a nombre de la Comunidad, necesitaremos documentos firmados por la Comunidad y por cada propietario.

 

  • En el resto de los casos, necesitaremos que nos faciliten la lista de los participantes en el autoconsumo colectivo, además del número de paneles (virtuales) deseado o las facturas correspondientes.

Como alternativa al autoconsumo colectivo, el autoconsumo individual es cuando se suministra a un único contador de consumo la energía fotovoltaica generada. Típicamente es el caso de un prosumidor que instala paneles en su propiedad particular para suministrar su propio consumo.

Pasarse a la energía verde producida localmente mediante un sistema fotovoltaico te permitirá ahorrar en tu factura de la luz y reducir tu huella de carbono de manera económicamente atractiva.

Para ello se usará superficie de cubierta disponible para instalar una fotovoltaica, y tú (y tu Comunidad) podrán beneficiarse del autoconsumo. La energía que autoconsuman (cuando tu consumo coincida con la generación) se descontará directamente de la factura de electricidad. Además puedes recibir una compensación por la energía que se genere y no consumas. Todo esto se traducirá en ahorros en tu factura. Alternativamente puedes vender los excedentes de la energía generada en el mercado eléctrico.

El mantenimiento de los paneles fotovoltaicos es muy simple y de bajo coste, y su tiempo de vida es en torno a los 20-25 años, por lo que podrás beneficiarte de estos ahorros en la factura durante un largo periodo de tiempo.

Otros beneficios son: mayor independencia de la red, mejora de la eficiencia energética, revalorización de edificios y propiedades, y contribución a los objetivos nacionales de transición energética y a la transición energética de Tenerife.

Analizamos las particularidades de tu tejado y tenemos en cuenta tus intereses para ofrecerte una oferta técnica personalizada sin compromiso. Colaboramos con distintas empresas instaladoras y nos encargamos de todo el proceso, incluyendo contratos, licencias, certificados y documentación. Solectivo asegura una garantía de precio en la oferta final para que no haya sorpresas para el cliente.

Un panel fotovoltaico típico de 500Wp ocupa aproximadamente 2,5 m2 y pesa unos 25 kg. Utilizamos paneles solares de diferentes fabricantes dependiendo de los requisitos específicos de cada cliente.

Depende de cómo coincidan la demanda de energía (consumo eléctrico) y la generación de la instalación fotovoltaica. Concretamente, depende del perfil de consumo horario y diario de cada consumidor, de su correspondiente coeficiente de reparto de energía (en el caso de autoconsumo colectivo) y de la producción de energía horaria y diaria de la planta fotovoltaica.

En aquellos momentos del día en los que la planta esté generando, si el consumidor demanda consumo de energía*, el autoconsumo de la planta fotovoltaica será directo. Si la generación de la planta es mayor que la demanda de energía, la diferencia podrá recibir compensación de excedentes o ser vendida a la red. Cuando la demanda sea mayor que la generación de la planta, se consumirá la diferencia de la red.

*En el caso de autoconsumo colectivo, el autoconsumo de la planta fotovoltaica será directo cuando la planta esté generando y el consumidor demande consumo, siempre y cuando le corresponda autoconsumir parte de esa energía, es decir que su coeficiente de reparto de energía sea mayor a 0. Esta aclaración es importante, ya que es posible definir un reparto horario variable, es decir que los coeficientes pueden ser distintos para cada hora.

La energía generada por la instalación de autoconsumo es autoconsumida y no se declara, ya que no hay venta a la red.

En el caso de los excedentes, el caso más común es acogerse a la compensación simplificada. En este esquema (denominado autoconsumo colectivo con excedentes acogido a compensación) se acuerda con la comercializadora recibir una compensación por los excedentes de la energía producida por los paneles que no haya sido autoconsumida. Esto se traduce en unos pequeños ahorros adicionales en la factura. No se considera venta de energía a la red, por lo que no se declara.

Alternativamente, se pueden vender los excedentes en el mercado eléctrico. Para ello es necesario inscribirse en el Registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica (RAIPRE). En este caso SÍ se realiza venta de energía en el mercado por lo que el productor (prosumidor) estará sometido a las obligaciones tributarias de productores del mercado. Deberá declarar esta venta de energía y se aplica el IGIC, el impuesto sobre el valor de la energía IVPEE del 7% (si está vigente), el coste del operador del sistema, así como las obligaciones de declaración de información sobre energía producida, trimestral y anual.

Si aún tienes dudas, estaremos encantados de ayudarte

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