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Contratos / FV / MW instalados

Define cuántos {clientes/instalaciones fotovoltaicas/potencia pico} han finalizado uns instal
ación FV con nosotros.

Contratos / FV / MW cerrados o contratados

Define cuántos {clientes/instalaciones fotovoltaicas/potencia pico} han firmado un contrato
con nosotros. Puede tratarse de la oferta final de un instalador fotovoltaico o
de un contrato de asesoramiento energético,
en el que se acuerda que les haremos una oferta fotovoltaica a medida, solicitaremos subv
enciones y el cliente seguirá con nosotros durante todo el proceso si no encuentra un com
petidor mejor.

Contratos / FV / MW en la pipeline

Define cuántos {clientes/instalaciones fotovoltaicas/potencia pico} hemos registrado en nu
estra base de datos (CRM), incluyendo todos los deals, independientemente de su etapa d
entro del customer journey (recorrido del cliente)
y excluyendo únicamente los deals perdidos.

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Agente de mercado

Persona, empresa u organización que toma decisiones dentro de un mercado y que realiza
alguna actividad económica en él,
es decir, produce, distribuye y consume bienes y servicios (en nuestro caso, energía).

Acuerdo de reparto

Documento que define los participantes y sus correspondientes coeficientes d
e reparto en un régimen de autoconsumo colectivo.
Este documento define el tipo de autoconsumo y enumera a
los prosumidores participantes, así como a todos los consumidores, con sus
correspondientes nombres, CUPS, coeficientes de reparto y firmas. El acuerdo debe ser
firmado por todos los participantes y presentado individualmente (como copia) a
la comercializadora y/o distribuidora.

Autoconsumo colectivo

Régimen en el que se suministra a un grupo de varios consumidores, sobre una
base acordada (mediante un acuerdo de reparto), electricidad procedente de i
nstalaciones de generación cercanas y asociadas a su consumo.
Para que se considere autoconsumo colectivo es necesario que se suministren
de esta forma
al menos 2 CUPS diferentes, independientemente del número de consumidores
/entidades diferenciadas.
· De acuerdo con lo previsto en el artículo 9.5 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre,
la energía autoconsumida de origen renovable, cogeneración o residuos estará
exenta de todo tipo de peajes y cargos.
– Real Decreto 244/2019

Contratos / FV / MW instalados

Contratos / FV / MW cerrados o contratados

Contratos / FV / MW en la pipeline

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Deal

Cliente (potencial) registrado en nuestra base de datos CRM. Este término se refiere a los
clientes registrados en el CRM, independientemente de la fase en la que se encuentren,
aunque a veces se usa el término lead.
La deal de un cliente contiene su información personal, así como otros datos y
documentación relevantes para el informe técnico, la solicitud de subvención y
la instalación fotovoltaica. Las deals se agrupan en diferentes pipelines en función del tipo
de cliente (consumidor/prosumidor) y se clasifican en diferentes etapas dentro del CRM
indicando la fase del customer journey (recorrido del cliente) en la que se encuentra
actualmente. Las deals son creadas por el equipo de ventas (o campañas de marketing) y
gestionadas tanto por ellos como por el equipo técnico.

ESE

Una Empresa de Servicios Energéticos es una empresa (entidad legal) que prop
orciona una amplia gama de soluciones energéticas, incluyendo diseños e impl
ementación de proyectos de ahorro, generación y suministro de energía y gesti
ón de riesgos.
Nuestra empresa local opera como ESE.
Este término también se utiliza a veces para referirse a la opción de financiación relajada,
en la que nosotros, como ESE, somos los propietarios de la energía fotovoltaica durante al
menos los primeros 5 años

Opción relajada (Financiación) – ESE

Una de las opciones de financiación que ofrecemos a nuestros clientes, también llamada
opción 3, o simplemente ESE (Empresa de Servicios Energéticos).
En esta opción, el cliente obtiene una instalación fotovoltaica en su tejado sin tener que
realizar ningún pago por adelantado. En su lugar, nosotros/ nuestros inversores asumimos
todos los costes de instalación y somos los propietarios de la instalación fotovoltaica
durante los primeros años. Durante este tiempo (tiempo de amortización), el cliente se
beneficia completamente de la energía fotovoltaica a través del autoconsumo, y nos paga
una cuota por ello, que suele ser igual o inferior a sus ahorros de autoconsumo. Una vez
transcurrido el tiempo de amortización, la propiedad de la fotovoltaica se transfiere al
cliente sin costes adicionales, finaliza el pago de la cuota y el cliente sigue beneficiándose
de su fotovoltaica.

Empresa comercializadora (de energía)

Las empresas comercializadoras son las que compran la electricidad a
la empresa distribuidora, la venden al consumidor final y
le entregan una factura. Cada consumidor tiene libertad para decidir con qué c
omercializadora quiere firmar el contrato de suministro eléctrico de su vivienda
.
En España hay más de 25 empresas comercializadoras. Se agrupan en 2
categorías:
o Comercializadoras de mercado libre, que fijan sus propios
precios para la factura eléctrica, ofrecen tarifas únicas y
ofrecen servicios adicionales.
o Comercializadoras de referencia, que son las autorizadas por el
Gobierno para aplicar la tarifa regulada PVPC (Precio Voluntario
para el Pequeño Consumidor). Se trata de una tarifa de precio
indexado. En este caso el precio de la electricidad se define
cada hora, procede directamente del mercado y depende de la
oferta y la demanda.

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Hucha virtual (de energía)

Un servicio de compensación de excedentes de energía que permite convertir l
os excedentes de energía no compensados en
la factura eléctrica mediante compensación simplificada en ahorros en futuras f
acturas.
La energía sobrante no se compensa mediante compensación simplificada cua
ndo el ahorro obtenido a través de ella supera los costes derivados del consum
o energético.
La compensación a través de monederos virtuales suele hacerse en términos de euros por
kWh de energía excedente y se aplica como ahorro a toda la factura de un mes futuro. Sin
embargo, el servicio tiene un coste.
Algunas comercializadoras ofrecen un servicio similar denominado monedero energético o
batería virtual, en el que la energía excedente se deduce del consumo energético en
futuras facturas (del mismo modo que la energía autoconsumida).

Inversor (inversionista)

Entidad que proporciona fondos de financiación para un fin,
en nuestro caso instalaciones fotovoltaicas.
Normalmente, asumen todos los costes de la instalación fotovoltaica y son sus propietarios
durante los primeros años (tiempo de amortización).
En el caso de instalaciones subvencionadas, este tiempo es de como mínimo 5 años según
el Reglamento (UE) 2021/1060 Artículo 65 (https://www.boe.es/doue/2021/231/L00159-
00706.pdf).
Durante este tiempo de amortización, reciben un pago de los consumidores fotovoltaicos
por su autoconsumo de la energía generada por la fotovoltaica.

Inversor (de potencia)

Dispositivo electrónico de potencia necesario para las instalaciones fotovoltaic
as que transforma la corriente continua (CC) en corriente alterna (CA).

Instalación fotovoltaica (FV)

Este término puede significar:
o Sistema de energía solar (también llamado planta solar o fotovoltaica) en el
que parte de la radiación solar se convierte en energía eléctrica mediante
células solares. Las plantas fotovoltaicas están formadas por conjuntos de
módulos fotovoltaicos interconectados, que a su vez contienen varias
células fotovoltaicas o solares.
o El proceso de instalación de dicho sistema de energía solar y las obras de
ingeniería relacionadas.

Junta de propietarios

Reunión oficial a la que están invitados a participar todos los propietarios de
la comunidad y en
la que se presentan, debaten y aprueban o deniegan diferentes noticias y decis
iones relativas a
la comunidad de propietarios. Todos los propietarios tienen derecho a voto,
y dependiendo del tema, se requieren diferentes %
de votos para su aprobación.
Generalmente hay una reunión anual llamada junta ordinaria, y en caso de que se desee
una reunión adicional para plantear o discutir temas relevantes en un momento
determinado se puede convocar una junta extraordinaria.
Las Juntas de propietarios están reguladas por la Ley de Propiedad Horizontal.

Ley de Propiedad Horizontal (LPH)

Ley española que regula las relaciones, derechos y obligaciones entre
los propietarios o vecinos de varias viviendas pertenecientes a una misma comunidad o edi
ficio (comunidad de propietarios).
BOE-A-1960-10906 Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.

Lead Cualificado

Un lead cualificado es la segunda etapa del customer journey (recorrido del cliente)
de prosumidor. Una vez que el equipo de ventas se ha dirigido a un lead y se
ha recopilado toda la información necesaria (contacto, identificación de
la cubierta, facturas y tipo de prosumidor), el lead puede pasar a esta etapa.
A continuación, será verificada por el equipo técnico y, si la información está completa,
se creará un informe y el deal pasará a la siguiente fase.
En tal caso, el deal contará para la remuneración de los promotores.

Lead

La primera etapa dentro del customer journey (recorrido del cliente), en la que se pueden
clasificar las deals. Un lead es un cliente recién registrado, que acaba de mostrar un
interés inicial/potencial, y para el que aún hay que recopilar información y confirmar su
interés.
Este término se utiliza a veces para referirse al registro de un cliente en cualquier etapa del
customer joruney, pero en su lugar debería utilizarse aquí el término Deal.

Comunidad de Propietarios / MFH (Multi-Family House)

Una comunidad de vecinos, también llamado condominio o
solo Condo, considerada vivienda plurifamiliar. Es un complejo de uno
o más edificios que contienen varias casas o apartamentos de propiedad indivi
dual. Dentro de esos edificios, hay algunas zonas comunes compartidas por to
dos los miembros de
la comunidad (ascensores, jardines…), que suelen incluir la zona de la cubierta.
En España se rigen por la Ley de Propiedad Horizontal.
Una comunidad de propietarios no tiene personalidad jurídica.
Cada comunidad se rige por sus propios estatutos y reglamento interno. Siempre tiene un
presidente, que actúa como representante de la comunidad, y muchos tienden a tener un
administrador, que es un tercero contratado para que asista al presidente y se encargue de
todo tipo de tareas de gestión. Todos los propietarios de la comunidad deben pagar una
cuota comunitaria para cubrir los gastos comunes.
Las acciones emprendidas por la comunidad (como la instalación de una instalación
fotovoltaica o la solicitud de una subvención) deben aprobarse primero en una junta de
propietarios.

Promotor

Miembro del equipo de ventas que trabaja por cuenta propia (autónomos/freela
ncer). No forma parte de la empresa local, sino que se contrata externamente,
y su remuneración económica depende directamente de
la cantidad de clientes potenciales cualificados y contratos cerrados que consiga.

Prosumidor / Tejado Verde

Cliente que es
o será propietario de una instalación fotovoltaica y autoconsumirá (al menos un
a parte) de la energía generada por ella.
Como tal, suele ser el propietario del tejado en el que se instala la fotovoltaica.
Son ellos quienes pagan la instalación o se benefician de
la opción de financiación relajada.
Se les llama prosumidores porque son a la vez productores y consumidores de energía
fotovoltaica.

Peajes y cargos

Los peajes y cargos son pagos adicionales que se incluyen en
la factura de electricidad.
o Los peajes cubren los costes por el uso de las redes de transporte y
distribución de electricidad. Los fija la Comisión Nacional de
Mercado y Competencia (CNMC).
o Los cargos cubren los sobrecostes del sistema eléctrico, como los
sistemas no penisulares, las primas a las renovables o los déficits
del sistema. Son únicas en todo el territorio nacional y se
establecen anualmente por Orden Ministerial.

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Representante de ventas / comercial

Miembro del equipo de ventas contratado directamente por la empresa local y que, por tan
to, forma parte de ella. NO se les debe llamar promotores, ya que no son autónomos.

Subvención RD477/2021

Subvención concedida por el Gobierno español procedente de fondos de la UE («Next
Generation») para autoconsumo tanto individual como colectivo. La convocatoria está
abierta hasta el 31.12.2023 o cuando se agoten los fondos.
Todos nuestros clientes prosumidores que instalen nuevos sistemas fotovoltaicos con o sin
baterías pueden solicitarla, pero la cuantía de la subvención es menor en comparación con
la subvención GobCan ya cerrada.

Subvención GobCan (Gobierno de Canarias)

Subvención concedida por el Gobierno de Canarias procedente de fondos de la UE («Next
Generation») para instalaciones de autoconsumo colectivo (fotovoltaica sobre cubierta).
Se consideró una oportunidad histórica porque la cuantía de
la subvención era muy elevada (hasta el 80% de los costes de instalación),
en comparación con las anteriores subvenciones.
La convocatoria finalizó en mayo y pudimos presentar 87 solicitudes, que representaban ha
sta 10,15 MWp de instalaciones fotovoltaicas.

SFH (Single Family House)

Una vivienda unifamiliar. Un cliente cuya propiedad (donde se instalará la fotov
oltaica) es una vivienda particular,
y no es un negocio ni está regulada por la Ley de Propiedad Horizontal.